miércoles, 24 de marzo de 2010

GESTION DE TALENTO HUMANO

LA HISTORIA LABORAL COMO PARTE DE LA ¨ GESTION ¨ DE TALENTO HUMANO

DEFINICIÓN: La historia laboral es una serie documental de manejo y acceso reservado por parte de los funcionarios de la Unidad de Talento Humano, en donde se conservan cronológicamente todos los documentos de carácter administrativo relacionados con el vínculo laboral que se establece entre el funcionario y la entidad.

Esta definición incorpora tres conceptos de especial consideración:

. Los tipos documentales que se conservan en la historia laboral deben ser de uso y manejo exclusivo de un empleado encargado de estas funciones perteneciente a la Unidad de Talento Humano

. Los tipos documentales deben archivarse en la historia laboral de manera cronológica en la forma en que se van produciendo periódicamente.

. La historia laboral se refiere a una sola persona o funcionario, lo que significa que es un documento por origen y uso individual .

CARACTERÍSTICAS:

Tres Características particulares se pueden visualizar y analizar en la anterior definición a saber : los conceptos unicidad, uniformidad y estructura de la historia laboral.

Unicidad

La historia laboral única implica incluir en un solo documento o carpeta toda la información relativa a las situaciones administrativas de un funcionario a lo largo de su vida dentro de la empresa, independientemente del lugar donde se realicen o lleven a cabo las actividades o funciones que hacen parte de las situaciones administrativas pertinentes.

Uniformidad

Cada una de las historias laborales que conforman el archivo de gestión e histórico que maneja la unidad de Talento Humano debe ser en lo posible igual en su contenido y diseño.

Estructura

En la estructura tradicional de las historias laborales los documentos deben estar organizados de una manera uniforme dentro de una carpeta estandarizada, que permita visualizar e identificar su contenido y consultarlos fácilmente, procurando usar formatos normalizados, que igualmente permitan un adecuado archivo de los documentos .
DE LAS SITUACIONES ADMINISTRATIVAS

Para analizar las actividades que se desarrollan como parte de la gestión de las Unidades de Talento humano en la historia laboral, se revisarán a continuación las diversas situaciones administrativas en que se encuentra un empleado o funcionario en su relación con la empresa, contempladas en el decreto 1950 de 1973:


ARTICULO 58. Los empleados vinculados regularmente a la administración, pueden encontrarse en las siguientes situaciones administrativas:

. En servicio activo.
. En licencia.,
. En permiso.
. En comisión.
. Ejerciendo las funciones de otro empleo por encargo.
. Prestando servicio militar.
. En vacaciones, y
. Suspendido en ejercicio de sus funciones.

DEL SERVICIO ACTIVO

ARTICULO 59º. Un empleado se encuentra en servicio activo, cuando ejerce actualmente las funciones del empleo del cual ha tomado posesión.

El ingreso al servicio se hace por nombramiento ordinario para los empleos de libre nombramiento y remoción y por nombramiento en período de prueba o provisional para los que sean de carrera. ( Art. 24 )

El movimiento del personal en servicio se puede hacer por :

traslado
Encargo, y
Ascenso

Los empleos de libre nombramiento serán provistos por nombramiento ordinario. ( Art.26 )

Los empleos de carrera administrativa se proveerán en período de prueba con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito. ( Art. 27 )

Cuando no sea posible proveer un empleo de carrera con personal seleccionado por el sistema de mérito, podrá proveerse mediante nombramiento provisional. (Art 28 ).


DE LA POSESION

Dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de aceptación de un empleo, la persona designada deberá tomar posesión. Este término podrá prorrogarse si el designado no residiere en el lugar del empleo, o por causa justificada a juicio de la autoridad nominadora, pero en todo caso la prórroga no podrá exceder de noventa (90) días y deberá constar por escrito.(Art. 46)Conc. Art.53. Dec. 1950 – 73 )

Ningún empleado entrará a ejercer su cargo sin prestar juramento de respetar, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes, y de desempeñar los deberes que le incumben. De este hecho deberá dejarse constancia por escrito en acta que firmarán quien da la posesión, el posesionado y un secretario, y en su defecto dos testigos. ( Art. 47 ).

La omisión del cumplimiento de cualesquiera de los requisitos que se exigen para la posesión, no invalidará los actos del empleado respectivo, ni lo excusa de responsabilidad en el ejercicio de sus funciones. (Conc. Art.122 de la C.P.;

Para tomar posesión deberán presentarse los siguientes documentos: ( Art. 49 )

a. Cédula de ciudadanía para los mayores de edad

b. Los que acreditan las calidades para el desempeño del cargo;

c. Certificado Judicial;

d. Documento que acredite tener definida la situación militar, en los casos en que haya lugar;

e. Certificado médico de aptitud física y mental expedido por el organismo asistencial a cuyo cargo esté la seguridad social de los funcionarios de la entidad.

f. Documento que acredite la constitución de fianza cuando sea el caso, debidamente aprobada.

g. Constancia de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación o de la Personería Distrital , según el caso.


Los jefes de personal de los organismos administrativos o quienes hagan sus veces deberán verificar el cumplimiento de los requisitos y calidades a que se refiere el artículo anterior.

El incumplimiento de esta obligación constituye causal de mala conducta. ( Art. 50 )

No podrá darse posesión cuando: ( Art. 53 ).

1. La provisión de empleos se haga con personas que no reúnan los requisitos señalados para el empleo o se encuentren dentro de las previsiones contempladas en los literales b), c) y d), del artículo 25 del presente Decreto;

2. La provisión del cargo no se haya hecho conforme a la ley y con lo dispuesto en el presente estatuto;

3. No se presenten los documentos a que se refiere el artículo 49 de este Decreto, salvo las excepciones consignadas en los artículos 51 y 52;

4. La persona nombrada desempeñe otro empleo público del cual se haya separado en virtud de licencia;

5. Haya recaído auto de detención preventiva en la persona designada;

6. La designación haya sido efectuada por autoridad no competente;

7. Se hayan vencido los términos señalados en los artículos 44 y 46 del presente Decreto, sin que se hubiese aceptado la designación o se hubiere prorrogado el plazo para tomar posesión, y

8. La designación recaiga en miembros del ministerio sacerdotal.


DE LA INICIACION EN EL SERVICIO

El funcionario a cuyo cargo esté el manejo del personal en los organismos administrativos o en cualesquiera de sus reparticiones, deberá recibir al nuevo empleado para facilitarle el buen desempeño de sus funciones, y para tal efecto será de su obligación: ( Art. 54 )

1. Explicarle el funcionamiento del organismo, los servicios que le están adscritos y la ubicación jerárquica y física del empleo;

2. Entregarle los manuales correspondientes al organismo y al empleo de que ha tomado posesión, y

3. Presentarlo a sus superiores jerárquicos.

PARAGRAFO. El funcionario a cuyo cargo esté el manejo del personal en los organismos administrativos o en cualesquiera de sus reparticiones, tomará los datos necesarios para la actualización de censos de empleados públicos y para la elaboración del documento que lo acredite como funcionario de la entidad. Hará además, los registros sobre control de personal y los referentes a la seguridad y bienestar social.
DE LOS TRASLADOS

Se produce traslado cuando se provee, con un empleado en servicio activo, un cargo vacante definitivamente , con funciones afines al que se desempeña, de la misma categoría y para el cual se exijan requisitos mínimos similares. También hay traslado cuando la administración hace permutas entre empleados que desempeñen cargos de funciones afines o complementarias, que tengan la misma categoría y para los cuales se exijan requisitos mínimos similares para su desempeño. Los traslados o permutas podrán hacerse dentro de la misma entidad o de un organismo a otro, con el lleno de los requisitos previstos en el presente Decreto. Cuando se trate de traslados o permutas entre organismos, la providencia deberá ser autorizada por los jefes de las entidades en donde se produce. (Art.29 ).

El traslado se podrá hacer por necesidades del servicio, siempre que ello no implique condiciones menos favorables para el empleado.

Podrá hacerse también cuando sea solicitado por los funcionarios interesados, y siempre que el movimiento no cause perjuicios al servicio. ( Art. 30).


DE LA LICENCIA, VACACIONES Y SUSPENSION

ARTICULO 60º. Un empleado se encuentra en licencia cuando transitoriamente se separa del ejercicio de su cargo, por solicitud propia, por enfermedad, por maternidad o cuando es llamado a prestar servicio militar o de reservista. (Conc. Art. 19 y ss. Dec.-Ley 2400/68; Art. 38 Dec. 1848/69, Art. 102 Dec. 1950/73)

ARTICULO 61º. Los empleados tienen derecho a licencia ordinaria a solicitud propia y sin sueldo, hasta por sesenta (60) días al año, continuos o discontinuos. Si ocurre justa causa a juicio de la autoridad competente, la licencia podrá prorrogarse hasta por treinta (30) días más.

ARTICULO 62º. Cuando la solicitud de licencia ordinaria no obedezca a razones de fuerza mayor o de caso fortuito, la autoridad competente decidirá sobre la oportunidad de concederla, teniendo en cuenta las necesidades del servicio.

ARTICULO 63º. La licencia no puede ser revocada por la autoridad que la concede, pero puede en todo caso renunciarse por el beneficiario.

ARTICULO 64º. Toda solicitud de licencia ordinaria o de su prórroga, deberá elevarse por escrito, acompañada de los documentos que la justifiquen, cuando se requieran.

ARTICULO 66º. Al concederse una licencia ordinaria el empleado podrá separarse inmediatamente del servicio, salvo que en el acto que la conceda se determine fecha distinta.

ARTICULO 67º. Durante las licencias ordinarias no podrán desempeñarse otros cargos dentro de la administración pública.

La violación de lo dispuesto en el presente artículo, será sancionada disciplinariamente y el nuevo nombramiento deberá ser revocado.
(Conc. Arts. 45 y 53 Dec.1950/73)

ARTICULO 68º. A los empleados en licencia les está prohibida cualquiera actividad que implique intervención en política. (Conc. Art. 10 Decreto 2400/68; Art. 127 Inc. 2 de la C.P.)

ARTICULO 69º. El tiempo de la licencia ordinaria y de su prórroga no es computable para ningún efecto como tiempo de servicio.

ARTICULO 70º. Las licencias por enfermedad o por maternidad se rigen por las normas del régimen de seguridad social para los empleados oficiales y serán concedidas por el jefe del organismo o por quien haya recibido delegación.
(Conc. Art. 20 Dec.-Ley 2400/68; Art. 19 Dec.-Ley 3135/68; Art. 33 Dec. 1848/69, Art. 34 Ley 50/90; Ley 100 de 1993 y decretos reglamentarios)

ARTICULO 71º. Para autorizar licencia por enfermedad se procederá de oficio o a solicitud de parte, pero se requerirá siempre la certificación de incapacidad expedida por autoridad competente.

ARTICULO 72º. Al vencerse cualquiera de las licencias o sus prórrogas el empleado debe reincorporarse al ejercicio de sus funciones. Si no las reasume incurrirá en abandono del cargo conforme al presente Decreto.
(Conc. Art. 126 Dec. 1950/73)

ARTICULO 73º. Las vacaciones se regirán por las normas legales sobre la materia y la suspensión por las normas sobre régimen disciplinario a que se refiere el presente Decreto. (Conc. Dec. 3135/68; Dec. 1848/69; Dec. 1045/78;) Ley 200 de 1995)



DEL PERMISO

ARTICULO 74º. El empleado puede solicitar por escrito, permiso remunerado hasta por tres (3) días, cuando medie justa causa. Corresponde al jefe del organismo respectivo, o a quien se haya delegado la facultad, el autorizar o negar los permisos. (Conc. Art. 21 Dec.-Ley 2400/68; Art. 10 Dec. 1848/69)


DE LA COMISION

ARTICULO 75º. El empleado se encuentra en comisión cuando, por disposición de autoridad competente, ejerce temporalmente las funciones propias de su cargo en lugares diferentes a la sede habitual de su trabajo o atiende transitoriamente actividades oficiales distintas a las inherentes al empleo de que es titular.

(Conc. Art. 22 Dec.-Ley 2400/68; Dec. 1042/78; Decreto 1050 de 1997)


ARTICULO 76º. Las comisiones pueden ser:

a) De servicio, para ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias o seminarios, o realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado;

b) Para adelantar estudios;

c) Para desempeñar un cargo de libre nombramiento y remoción, cuando el nombramiento recaiga en un funcionario escalafonado en carrera administrativa, y

d) Para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, de organismos internacionales o de instituciones privadas.

ARTICULO 77º. Solamente podrá conferirse comisión para fines que directamente interesen a la administración pública.
(Conc. Art. 22 Dec.-Ley 2400/68)

DEL RETIRO DEL SERVICIO

ARTICULO 105º. El retiro del servicio implica la cesación en el ejercicio de funciones públicas y se produce:

1. Por declaración de insubsistencia del nombramiento
2. Por renuncia regularmente aceptada
3. Por supresión del empleo
4. Por invalidez absoluta
5. Por edad
6. Por retiro con derecho a pensión de jubilación
7. Por destitución
8. Por abandono del cargo
9. Por revocatoria del nombramiento, y
10. Por muerte.
(Conc. Art. 25 Dec.-Ley 2400/68) Nota: las causales de retiro del servicio contenidas en este son aplicables a los funcionarios que desempeñan empleos de libre nombramiento y remoción, mientras que las causales de retiro contempladas en la Ley 443 de 1998 son aplicables a los empleados de carrera administrativa.


DE LA RENUNCIA

ARTICULO 110º. Todo el que sirva un empleo de voluntaria aceptación puede renunciarlo libremente.

ARTICULO 111º. La renuncia se produce cuando el empleado manifiesta por escrito, en forma espontánea e inequívoca, su decisión de separarse del servicio. (Conc. Art. 27 Dec.-Ley 2400/68)

ARTICULO 112º. Si la autoridad competente creyere que hay motivos notorios de conveniencia pública para no aceptar la renuncia, deberá solicitar el retiro de ella, pero si el renunciante insiste, deberá aceptarla.

La renuncia regularmente aceptada la hace irrevocable.

ARTICULO 113º. Presentada la renuncia, su aceptación por la autoridad competente se producirá por escrito y en la providencia correspondiente deberá determinarse la fecha en que se hará efectiva, que no podrá ser posterior a treinta (30) días de su presentación. Vencido el término señalado en el presente artículo sin que se haya decidido sobre la renuncia, el funcionario dimitente podrá separarse del cargo sin incurrir en abandono del empleo, o continuar en el desempeño del mismo, caso en el cual la renuncia no producirá efecto alguno. (Conc. Art. 126, Ord. 3º, Dec. 1950/73)

ARTICULO 114º. La competencia para aceptar renuncias corresponde a la autoridad nominadora.

ARTICULO 115º. Quedan terminantemente prohibidas y carecerán en absoluto de valor las renuncias en blanco, o sin fecha determinada, o que mediante cualquiera otra circunstancia pongan con anticipación en manos de la autoridad nominadora la suerte del empleado.

DE LA DESTITUCION

ARTICULO 125º. El retiro del servicio por destitución, sólo es procedente como sanción disciplinaria y con la plena observancia del procedimiento señalado en el Título Sexto del presente Decreto. (Conc. Ley 200 de 1995)

DEL ABANDONO DEL CARGO

ARTICULO 126º. El abandono del cargo se produce cuando un empleado sin justa causa:

1. No reasume sus funciones al vencimiento de una licencia, permiso, vacaciones, comisión, o dentro de los treinta (30) días siguientes al vencimiento de la prestación del servicio militar.

2. Deje de concurrir al trabajo por tres (3) días consecutivos.

3. No concurra al trabajo antes de serle concedida autorización para separarse del servicio o en caso de renuncia antes de vencerse el plazo de que trata el Artículo 113 del presente Decreto, y

4. Se abstenga de prestar el servicio antes de que asuma el cargo quien ha de reemplazarlo.
(Conc. Art. 25 Dec.-Ley 2400/68; Arts. 72 y 105 Dec. 1950/73)

miércoles, 17 de marzo de 2010

LEGISLACION LABORAL

LEGISLACION LABORAL

ORIGEN DE LA LEGISLACION LABORAL

INTRODUCCIÓN

Etimológicamente la palabra trabajo proviene del latín trabis, que significa traba, dificultad, impedimento el cual nace por la necesidad de evolución y desarrollo del hombre por y para el surgimiento de su familia y el suyo propio; el trabajo es considerado como un factor de producción que supone el intercambio de bienes y servicios para la satisfacción de las necesidades humanas, este hecho social crea la necesidad de regulación y es por ello que surge dentro del Derecho la rama del Derecho del Trabajo que no es mas que el conjunto de Normas de orden público que regulan las relaciones jurídicas que tienen por causa el trabajo como hecho social y que por gozar de un sistema homogéneo de estas normas, además de un sistema administrativo y judicial propio lo hacen ser autónomo de las demás ramas, claro está que relacionándose con ellas.

Este Derecho del Trabajo no surge de la noche a la mañana, tiene un período de evolución histórica que se irá desarrollando a lo largo del presente manuscrito, pasando por la época antigua, edad media, edad moderna y contemporánea, llegando a América y comparando su evolución con respecto a las antiguas potencias europeas, en donde se observa mayor evolución de las normas en América Latina que con respecto a los países europeos.
Finalmente se destaca la Ley Orgánica del Trabajo Venezolana de 1997, se convierte en el instrumento que rige las relaciones de trabajo hasta nuestros días.


EL DERECHO DEL TRABAJO

Según Rafael Alfonso Guzmán, es el conjunto de preceptos de orden público regulador de las relaciones jurídicas que tienen por causa el trabajo por cuenta y bajo la dependencia ajena con objeto de garantizar a quien lo ejecuta su pleno desarrollo como persona humana y a la comunidad la efectiva integración del individuo en el cuerpo social y la regulación de los conflictos entre los sujetos de esas relaciones.

Rafael Caldera lo resume como el conjunto de normas jurídicas que regulan al trabajo como hecho social.

ELEMENTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO DEL TRABAJO

* Tiene Normas adjetivas y Sustantivas.

* Obligatorio cumplimiento de las normas ya que son impuestas por el Estado.

* Regula la relaciones entre la mano de obra y el capital

* Regula las relaciones entre patrono y trabajador (obrero, empleado)

CARACTERISTICAS DEL DERECHO DEL TRABAJO
* ES AUTONOMO: Porque a pesar de que forma parte del Derecho Positivo tiene sus propias normas, es independiente.

* ES DINAMICO: Porque regula las relaciones jurídicas laborales, establecidas entre los dos polos de la sociedad capitalista.

* ES DE GRAN FUERZA EXPANSIVA: Porque nació protegiendo a los obreros y luego a los empleados. Es eminentemente clasista.

* ES IMPERATIVO: Como normas del Derecho Público es imperativo y por lo tanto no puede renunciarse ni relajarse por convenios particulares.

* ES CONCRETO Y ACTUAL: Si bien es cierto que en la Ley del Trabajo existen normas de carácter abstracto, la normativa esta adaptada a las necesidades del país, teniendo en cuenta la diversidad de sexos, los regímenes especiales del trabajo como por ejemplo del trabajo de menores, aprendices, mujeres, trabajadores domésticos, conserjes, trabajadores a domicilio, deportistas y trabajadores rurales.

OBJETO DEL DERECHO DELTRABAJO

Regula los deberes y derechos tanto de los obreros como de los patronos.
Norma todo lo referente a salario, horas de trabajo, despidos justificado y no justificados, contratos individuales, sindicatos, huelgas entre otros.
Regula los conflictos de la relación jurídico-laboral.


HISTORIA DE LA OIT

OIT fue creada en 1919, como parte del Tratado de Versalles que terminó con la Primera Guerra Mundial, y reflejó la convicción de que la justicia social es esencial para alcanzar una paz universal y permanente.

Su Constitución fue elaborada entre enero y abril de 1919 por una Comisión del Trabajo establecida por la Conferencia de Paz, que se reunió por primera vez en París y luego en Versalles. La Comisión, presidida por Samuel Gompers, presidente de la Federación Estadounidense del Trabajo (AFL), estaba compuesta por representantes de nueve países: Bélgica, Cuba, Checoslovaquia, Francia, Italia, Japón, Polonia, Reino Unido y Estados Unidos. El resultado fue una organización tripartita, la única en su género con representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores en sus órganos ejecutivos.

La Constitución contenía ideas ya experimentadas en la Asociación Internacional para la Protección Internacional de los Trabajadores, fundada en Basilea en 1901. Las acciones en favor de una organización internacional que enfrentara temas laborales se iniciaron en el siglo XIX, y fueron lideradas por dos empresarios, Robert Owen (1771-1853) de Gales y Daniel Legrand (1783-1859) de Francia.

La fuerza que impulsó la creación de la OIT fue provocada por consideraciones sobre seguridad, humanitarias, políticas y económicas. Al sintetizarlas, el Preámbulo de la Constitución de la OIT dice que las Altas Partes Contratantes estaban “movidas por sentimientos de justicia y humanidad así como por el deseo de asegurar la paz permanente en el mundo...”

Había un verdadero reconocimiento a la importancia de la justicia social para el logro de la paz, en contraste con un pasado de explotación de los trabajadores en los países industrializados de ese momento. Había también una comprensión cada vez mayor de la interdependencia económica del mundo y de la necesidad de cooperación para obtener igualdad en las condiciones de trabajo en los países que competían por mercados. El Preámbulo, al refejar estas ideas establecía:

Considerando que la paz universal y permanente sólo puede basarse en la justicia social;
Considerando que existen condiciones de trabajo que entrañan tal grado de injusticia, miseria y privaciones para gran número de seres humanos, que el descontento causado constituye una amenaza para la paz y armonía universales; y considerando que es urgente mejorar dichas condiciones;
Considerando que si cualquier nación no adoptare un régimen de trabajo realmente humano, esta omisión constituiría un obstáculo a los esfuerzos de otras naciones que deseen mejorar la suerte de los trabajadores en sus propios países;
Las áreas que podrían ser mejoradas enumeradas en el Preámbulo continúan vigentes, por ejemplo:
Reglamentación de las horas de trabajo, incluyendo la duración máxima de la jornada de trabajo y la semana;
Reglamentación de la contratación de mano de obra, la prevención del desempleo y el suministro de un salario digno;
Protección del trabajador contra enfermedades o accidentes como consecuencia de su trabajo;
Protección de niños, jóvenes y mujeres.
Pensión de vejez e invalidez, protección de los intereses de los trabajadores ocupados en el extranjero;
Reconocimiento del principio de igualdad de retribución en igualdad de condiciones;
Reconocimiento del principio de libertad sindical;
Organización de la enseñanza profesional y técnica, y otras


MISION Y OBJETIVOS

“La justicia social es la mejor herramienta para garantizar una paz sostenida y erradicar la pobreza. Y creo que las personas responderán en conjunto, organizándose, uniendo sus fuerzas para que sus voces sean escuchadas”.
Juan Somavia, Director General de la OIT
La OIT, la única agencia tripartita del sistema multilateral, está comprometida a generar trabajo decente y medios de sustento, seguridad laboral y mejores condiciones de vida para personas que viven tanto en los países pobres como en los ricos. Para alcanzar esas metas promueve los derechos en el trabajo, las mayores oportunidades de obtener un empleo decente, la mejoría de la protección social y el fortalecimiento del diálogo sobre asuntos laborales.

La OIT es el punto de encuentro del mundo del trabajo. Somos expertos en el trabajo y el empleo y en especial en su papel clave para el logro del desarrollo económico y el progreso en general. Un aspecto central de nuestra misión es ayudar a los países a crear instituciones que son baluartes de la democracia y de apoyarlas para que puedan rendir cuentas a la gente.

La OIT produce normas laborales internacionales en la forma de Convenios y Recomendaciones, estableciendo las condiciones mínimas de los derechos fundamentales en el trabajo: libertad sindical, derecho a la organización, negociación colectiva, abolición del trabajo forzoso, igualdad de oportunidades y trato, y otras normas que se refieren a todos los temas relacionados con el mundo del trabajo.

Las diversas tareas que lleva a cabo la OIT están agrupadas en torno a cuatro objetivos estratégicos:

Los cuatro objetivos estratégicos

Promover y cumplir las normas y los principios y derechos fundamentales en el trabajo
Generar mayores oportunidades para que mujeres y hombres puedan tener empleos e ingresos dignos
Mejorar la cobertura y la eficiencia de una seguridad social para todos
Fortalecer el tripartismo y el diálogo social

CODIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo/codigo_sustantivo_trabajo.html

ley 50
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=281




SENA

Misión

El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) se encarga de cumplir la función que le corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ejecutando la Formación Profesional Integral gratuita, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país.

Visión

El SENA será una organización de conocimiento para todos los colombianos, innovando permanentemente en sus estrategias y metodologías de aprendizaje, en total acuerdo con las tendencias y cambios tecnológicos y las necesidades del sector empresarial y de los trabajadores, impactando positivamente la productividad, la competitividad, la equidad y el desarrollo del país.

PRINCIPIOS,VALORES Y COMPROMISOS INSTITUCIONALES

La actuación ética de la comunidad institucional se sustenta en los
siguientes principios, valores y compromisos:

PRINCIPIOS
* Primero la vida
* La dignidad del ser humano
* La libertad con responsabilidad
* El bien común prevalece sobre los intereses particulares
* Formación para la vida y el trabajo

VALORES
* Respeto
* Librepensamiento y actitud crítica
* Liderazgo
* Solidaridad
* Justicia y equidad
* Transparencia
* Creatividad e innovación

COMPROMISOS
* Convivencia pacífica
* Coherencia entre el pensar, el decir y el actuar
* Disciplina, dedicación y lealtad
* Promoción del emprendimiento y el empresarismo
* Responsabilidad con la sociedad y el medio ambiente
* Honradez
* Calidad en la gestión

NATURALEZA Y FUNCIONES

El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) creado en 1957 como resultado de la iniciativa conjunta de los trabajadores organizados, los empresarios, la iglesia católica y la Organización Internacional del Trabajo, es un establecimiento público del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio e independiente y autonomía administrativa, adscrito al Ministerio de la Protección Social de la República de Colombia.

El SENA cumple la función que le corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral para la incorporación de las personas en actividades productivas que contribuyan al crecimiento social, económico y tecnológico del país.

Además de la formación profesional integral, impartida a través de nuestros Centros de Formación, brindamos servicios de Formación continua del recurso humano vinculado a las empresas; información; orientación y capacitación para el empleo; apoyo al desarrollo empresarial; servicios tecnológicos para el sector productivo, y apoyo a proyectos de innovación, desarrollo tecnológico y competitividad.

SENA: CONOCIMIENTO PARA TODOS LOS COLOMBIANOS


HIMNO

CORO
Estudiantes del SENA adelante
Por Colombia luchad con amor
Con el animo noble y radiante
Transformémosla en mundo mejor
I
De la patria el futuro destino,
en las manos del joven está,
el trabajo es seguro camino,
que el progreso a Colombia dará.
II
En la forja del SENA se forman,
hombres libres que anhelan triunfar,
con la ciencia y la técnica unidas,
nuevos rumbos de paz trazarán.
III
Hoy la patria nos grita sentida,
¡estudiantes del SENA triunfad!
solo así lograréis en la vida,
más justicia, mayor libertad.
IV
Avancemos con fuerza guerrera,
¡estudiantes con firme tezón!
que la patria en nosotros espera,
su pacífica revolución.

martes, 9 de marzo de 2010

taller contabilidad

PORTAFOLIO DE EVIDENCIA



1. Mediante un ejemplo explique el concepto de empresa e identifique sus elementos:


La Empresa Social del Estado Hospital La María, es una entidad pública, con patrimonio propio, obtenido por la venta de servicios de Salud, esta conformada por Personas, Capital, Trabajo.

• PERSONAS: Todos los empleados así: Administrativos (Gerente, Administrador, Secretaria, Auxiliares, tesorero, contador y asesores, conductores, servicios generales y vigilantes.
Asistenciales: Médicos, Odontólogos, Ginecólogo, Radiólogo, enfermeras profesionales, Auxiliares de enfermería, Auxiliares de laboratorio, Bacterióloga, Psicóloga, Fisioterapeuta, Regente de farmacia y Auxiliares de Droguerías, técnico de Rayos X..

• EL CAPITAL: Patrimonio (Edificio, bienes, vehículos y enseres).

• EL TRABAJO: Todos los servicios que presta a los usuarios como: Consulta Médica, Urgencias, Hospitalización, Obstetricia, pediatría, laboratorio, rayos X, farmacia, programas especiales (Hipertensión arterial, crecimiento y desarrollo y otros)


2. Clasifique las empresas de acuerdo con su actividad y de tres ejemplos de cada clase:


• Agropecuarias: Granjas Avícolas, Porcinas y Ganadería.
• Mineras: Las Cementeras, Ladrilleras y fabricas de vidrio.
• Industriales: Industrias textiles, Eléctrica y Manufactureras.
• Comerciales: Restaurantes, Zapaterías, Ropas.
• De servicios: Hospitales, Telefonía y Servicios públicos.



3. Recorte de periódicos o revistas y pegue en su portafolio tres nombre de empresa constituidas como sociedades anónimas, tres de responsabilidad limitada y tres sin animo de lucro:

• Sociedades Anónimas: ECOPETROL SA. ETB SA.
• Responsabilidad limitada: Contador, Médicos y Notario.
• Sin ánimo de lucro: Alcaldía, Iglesia, Gobernación.

4. Cite ejemplos de las siguientes clases de empresas y describa su actividad

• Empresa Privada: El Éxito, su actividad, ventas.
• Empresa oficial o pública. ESE, presto servicio de salud.
• Empresa economía mixta. La Cruz roja, presta servicios de salud.

5. Para cada una de las distintas clases de sociedad establezca las diferencias que existen entre los siguientes aspectos

• Razón Social. Es el nombre
• Número de Socios, todos tiene diferentes numero de socios.
• Pago y Naturaleza de los aportes, Tienen deferentes formas de aportar.
• Responsabilidad de los negocios.

6. ¿Para que se estableció el RUT y ante que entidad se tramita?

El RUT le permite a la DIAN contar con información veraz, actualizada, clasificada y confiable de todos los sujetos obligados a inscribirse en el mismo, para desarrollar una gestión efectiva en materia de recaudo, control y servicio que a su vez facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias así como la simplificación de trámites y reducción de costos.

7. En que consiste el registro mercantil.

El Registro Mercantil le permite a todos los empresarios que ejerzan cualquier actividad comercial acreditar públicamente su calidad de comerciante. Además, les facilita el acceso a información para conocer posibles clientes


8. Mediante un ejemplo establezca la diferencia entre razón social y nombre comercial.

Diferencias: La Razón Social sirve para demostrar su constitución legal.
El nombre comercial sirve para identificar a una persona física o jurídica en el ejercicio de una actividad empresarial y que distingue su actividad de las actividades idénticas o similares.

La Razón Social queda y es por siempre, el nombre comercial tiene tiempo de uso que debe renovarse.


9. De los objetivos de la contabilidad enuncie tres que le parezcan de mayor importancia.




10. Cite dos ejemplos con los que se utilice la contabilidad de costos. Justifique su respuesta.

Textil y Manufacturera, en estos ejemplos las empresas fabrican los productos y se entregan semielaborados para ser utilizados en otros campos empresariales y ofrecen un producto debidamente laborado.


11. Cite cinco ejemplos de transacciones que registre la contabilidad bancaria.

Consignaciones, transferencias electrónicas, cheques, extracto bancario y giros.


12 .Que relación existe entre la Empresa y la Contabilidad.

Entre la empresa y la contabilidad debe existir una relación muy estrecha, ya que una, es el sustento de la otra, la empresa depende de la contabilidad y viceversa. En la contabilidad se refleja el estado de una empresa.

13. Que características tienen la contabilidad comercial.

Registra y controla las actividades que giran alrededor de la compraventa de las mercancías en las empresas comerciales.

14. Defina cada una de las cualidades de la contabilidad.

Son los atributos que proporcionan a la información contenida en los estados financieros, la utilidad para sus usuarios.

15. En un negocio que garantiza los siguientes documentos: certificado de cuerpo de bomberos, patente de sanidad, certificados especiales por las oficinas de planeación municipal y de obras publicas.

Que ha cumplido con todos los requisitos de Ley para el funcionamiento de un negocio.

16. Paz y salvo de Sayco y Acinpro

Una vez el empresario o comerciante posee el NIT, debe obtener el paz y Salvo por derechos de autor sea o no responsable por la ejecución de música en su establecimiento de comercio, para lo cual debe cancelar por año anticipado este echo en las oficinas de Sayco-Acinpro, ubicada en la carrera 46 No.53-15 Edificio Torre 46 5º. Piso.

miércoles, 3 de marzo de 2010


La Institución Educativa Julio Cesar García, tiene como

MISIÓN
propiciar espacios de convivencia para el acceso al conocimiento científico, tecnológico y técnico, de emprendimiento y humanístico, promoviendo la participación constante y responsable de todos los involucrados en los procesos de educabilidad y enseñabilidad. Así mismo, se busca que el estudiante desarrolle habilidades desde el ser, el hacer y el saber convivir con los demás, para que en un futuro se forme como un ser competente en lo personal, lo laboral y social. En esta perspectiva de formación, el desarrollo de la malla curricular de la institución, se orientará desde un enfoque estratégico-participativo, mediante las áreas de gestión académica, gestión administrativa y de gestión comunitaria, las cuales harán posible el desarrollo de la propuesta educativa.

VISIÓN
La Institución Educativa Julio Cesar García, en el año 2010 será una entidad formadora de líderes para la convivencia y la gestión de proyectos de emprendimiento empresarial, a partir de procesos de formación técnica, científica, tecnológica, y humanística, que le permitan a los estudiantes convertirse en personas proactivas en la resolución de problemas del contexto, en virtud de una mejor calidad de vida.
HIMNO

Coro

entonemso con gozo entonemos

este canto al colegio en su honor

la virtud y el teson proclamemos

ideales de su inspiracion

I

altivo julio cesar garcia

eres templo de ciencia y virtud

a tus aulas vendran cada dia

corazones radiantes de luz

nunca,nunca tendreis un ocaso

y son firmes tu fe y tu valor

que se inmolan ante dios y los hombre

por el bien la verdad y el honor

II

del pendon del azul horizonte

y su blanco refugio de paz

tus alumnos sedientos de ciencia

miran fijos el grato solas

marcharan de la mano buscando

del heraldo su noble ideal

sacrificios de amor y laureles

que en su frenete podran coronar

III

forjadores de amor y esperanza

adalides de ciencia y deber

de la emrpesa que siempre triunfante

formaran garndes mente de bien

y marchando a los campos de gloria

su mirada buscando el arcano

van sembrando de luz el camino

con ideal JULIOCESARIANO

LEMA:CONSTRUYENDO CONVIVENCIA FORMAREMOS PERSONAS CON VISION EMPRESARIAL

HOJA DE VIDA

NOMBRES Y APELLIDOS
Luisa fernanda ledesma giraldo

DIRECCION
luisaos-94@hotmail.com

ESTADO
soltera

PERFIL
soy una persona muy responsable educada con muchos valores y muchas cualidades tengo mucho que dar de mi conocimiento me encanta reírme y divertirme no me gustan las injusticias ni la corrupción

ESTUDIOS REALIZADOS
transición
JOSE GREGORIO HERNANDEZ
básica primaria
INSTITUCION EDUCATIVA JULIO CESAR GARCIA
media técnica
JULIO CESAR GARCIA

REFERENCIAS PERSONALES
alexa cristina giraldo bustamante CONTADORA
TEL 3625985

REFERENCIAS LABORALES
AUXILIAR CONTABLE